Entendiendo los Acuerdos de Transferencia de Propiedad de la Empresa: Una Guía para los Miembros de la Cooperativa

Las cooperativas son negocios que son propiedad y están gestionados democráticamente por sus trabajadores. Los miembros desempeñan un papel vital, ya que están empoderados para participar en el proceso de toma de decisiones y establecer las reglas que se aplican a ellos mismos y a la empresa. En el caso de San Cristóbal de Huamanga, la empresa está regulada financieramente bajo un sistema mutuo. Sin embargo, esto no elimina los riesgos asociados con el proceso de sucesión de la empresa, para lo cual los miembros tienen a su disposición una herramienta poderosa y efectiva: un acuerdo de transferencia de propiedad.

En términos generales, los acuerdos de transferencia de propiedad de la empresa son contratos que estipulan las obligaciones de los accionistas existentes y aquellos que aspiran a convertirse en accionistas con respecto a la adquisición de la propiedad de una empresa. Esto puede ser útil para cualquier tipo de negocio, ya sea pequeño o grande, sin embargo, es particularmente adecuado para negocios con varios propietarios, como cooperativas como San Cristóbal de Huamanga, por lo que es pertinente a nuestros intereses.

Por ejemplo, como miembro de San Cristóbal de Huamanga, puede encontrarse en una situación en la que un compañero miembro decide dejar la empresa para perseguir una oportunidad diferente o incluso dejar este mundo. La empresa tiene un conjunto de reglas, que ha sido acordado mutuamente, que rige lo que sucede con la propiedad de esos individuos en caso de que dejen la empresa bajo circunstancias específicas. En este punto, si no hay un acuerdo de transferencia de propiedad de la empresa en vigor, la empresa está obligada a seguir el conjunto de reglas predefinido y correr el riesgo de arruinar su productividad y ganancias. Lo que sucede en este caso es que la empresa no tiene medios para mantener las acciones junto con el negocio y, como resultado, un tercero termina siendo propietario de las acciones de un miembro que ha dejado la empresa. A menos que los miembros restantes acuerden comprar las acciones y los beneficiarios que surgieron como resultado del fallecimiento del socio, estas acciones serán propiedad de tales partes indefinidamente. Esto, por supuesto, no es una opción viable en una cooperativa como San Cristóbal de Huamanga.

La forma en que funciona un acuerdo de transferencia de propiedad de la empresa es que permite a las partes definidas decidir el precio de las acciones de propiedad de un miembro que desee vender dichas acciones voluntariamente. De esta manera, los miembros existentes tienen la oportunidad de ver la nueva oferta hecha por el miembro saliente por sus acciones y, si no desean comprarlas, pueden proceder y solicitar las mismas acciones, ya que un tercero -incluyendo personas que vienen de fuera de la cooperativa- puede hacerlo.

Para que el sistema funcione correctamente, es esencial tener el conjunto correcto de reglas como parte de los registros de la empresa. Además, es importante que los miembros existentes de la cooperativa sientan que tienen voz sobre quién va a poseer las acciones de la empresa.

La Cooperativa de Ahorro y Crédito San Cristóbal, está inscrita en el Registro Nacional de COOPAC, bajo el número 000027-2019 REG.COOPAC-SBS y regulada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), y supervisados por la Superintendencia Adjunta de Cooperativas (SACOOP), información difundida según lo indicado en la Vigésima Cuarta Disposición Final y Complementaria de la Ley N° 26702, modificada por la Ley N° 30822, la Resolución SBS N° 0480-2018, la Resolución SBS N° 3274-2017 y sus modificatorias, conforme a la normativa vigente.
Para acceder a los productos y servicios, usted debe ser socio de la Cooperativa. No captamos recursos del público, solo operamos y captamos recursos de nuestros Socios. Nuestros productos y servicios están sujetos a calificación, admisión y aprobación. Se aplican restricciones. Las tasas, comisiones, gastos y características de los productos y servicios se detallan en nuestra página web: www.coopacsancristobal.pe, en la plataforma de Tasas y Tarifarios, a través del tarifario vigente. Nos encontramos incorporados al Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo (FSDC). Los depósitos de nuestros socios se encuentran cubiertos por el FSDC, siendo el monto máximo de cobertura de hasta S/ 10,000 mil soles.