Atención Preferencial

La Cooperativa de Ahorro y Crédito “San Cristóbal” nos preocupamos por cada uno de ustedes, por ello hemos implementado un sistema de atención preferencial para personas embarazadas, discapacitadas, con niños y el adulto mayor. Si requieres este tipo de atención, ubica la agencia de tu preferencia y acércate a la ventanilla que está destinada para este fin. Conoce más de la ley 28683

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La Cooperativa de Ahorro y Crédito San Cristóbal, está inscrita en el Registro Nacional de COOPAC con N° 000027-2019 REG.COOPAC-SBS y regulada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) y supervisados por Superintendencia Adjunta de Cooperativas (SACOOP) Información difundida según lo indicado en la Vigésimo Cuarta Disposición Final y Complementaria de la Ley N° 26702, modificada por Ley N° 30822, la Resolución SBS N° 0480-2019, la Resolución SBS N° 3274-2017 y sus modificatorias, conforme a la normatividad vigente”.
Para acceder a los productos y servicios, usted debe ser socio de la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Cristóbal, No captamos recursos del público, solo operamos y captamos recursos de nuestros socios. Nuestros productos y servicios están sujetos a calificación, admisión y aprobación. Se aplican restricciones. Las tasas, comisiones, gastos y características de los productos y servicios se detallan en nuestra página web www.coopacsancristobal.pe, en la Plataforma de Atención, a través del tarifario vigente. Nos encontramos incorporados al Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativo (FSDC); los depósitos de nuestros socios no se encuentran cubiertos por el FSDC, hasta dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 5 de la Resolución SBS N° 5061-2018.